Profesión

SEFAC lamenta que Andalucía seleccione las farmacias de residencias primando criterios económicos

Centro sociosanitario para la tercera edad.

La Sociedad Española de Farmacia Familiar y Comunitaria (SEFAC) considera que la resolución del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que contiene los criterios de selección de farmacias para la vinculación de botiquines en residencias sociosanitarias de menos de 50 camas es “una oportunidad perdida para mejorar la atención farmacoterapéutica” en los centros sociosanitarios ya que consideran que priman “los criterios de adjudicación económicos y administrativos por encima de los sanitarios y asistenciales”.

Según esta sociedad científica, en vez de buscar mejorar la prestación farmacéutica en estos centros y dar una mejor respuesta a las necesidades farmacoterapéuticas de las personas residentes en ellos, se ha reducido la figura del farmacéutico comunitario “a mero suministrador de medicamentos anteponiendo aspectos logísticos a asistenciales”. Según SEFAC los criterios de selección “poco tienen que ver con las necesidades reales de los centros sociosanitarios, como puede ser subastar el precio en la preparación de sistemas personalizados de dosificación (SPD) en vez de plantear unos criterios de calidad concertados adecuadamente, soslayar servicios farmacéuticos fundamentales para la optimización de la farmacoterapia y establecer una experiencia profesional muy genérica, en lugar de priorizar la calidad asistencial y la experiencia en el ámbito sociosanitario”.

Por ello, para SEFAC, con esta resolución no se ofrecen garantías sobre la calidad en la atención de los pacientes crónicos polimedicados, y por lo tanto, frágiles, que residen en estos centros. Además, al igual que el decreto que desarrolla, “la resolución no respeta la norma nacional que permite la participación de las farmacias en la atención de centros sociosanitarios de hasta cien camas, al limitar en este caso la actividad a los centros con un máximo de 50 camas”, señala.

Por último, SEFAC considera que la fecha escogida para la publicación de esta resolución, un 4 de agosto, no favorece su conocimiento entre los interesados y limita la capacidad de concurrencia e intervención, como ya pasó con el Decreto 512/2015, de 29 de diciembre, de prestación farmacéutica en los centros sociosanitarios residenciales de Andalucía.

SEFAC manifiesta también su plena disposición a colaborar en la mejora de la calidad asistencial de la prestación farmacéutica en centros sociosanitarios y recuerda que el pasado mes de julio publicó una propuesta de creación de servicios de farmacia comunitaria para la atención farmacéutica a los centros sociosanitarios.

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