Política

El Supremo rechaza que las CCAA puedan sacar DH de las farmacias

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la resolución del Servicio Andaluz de Salud que sacó en 2011 numerosos medicamentos de las farmacias comunitarias para llevarlos a ser dispensados en los hospitales.
Imagen de la fachada del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha confirmado que la legislación sobre productos farmacéuticos, competencia de la Administración General del Estado, incluye no solo la autorización de los mismos sino también las condiciones específicas de dispensación y la alteración de las existentes por exigir una particular vigilancia, supervisión y control dentro del uso racional del medicamento. Esta competencia comprende, además, “lo relacionado con las condiciones de dispensación y en concreto lo relativo a la dispensación hospitalaria”.

Así lo ha establecido el TS en una sentencia en la que desestima un recurso del Servicio Andaluz de Salud (SAS) contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), promovida por un recurso de la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (CEOFA). En dicha sentencia, el TSJA anulaba la resolución mediante la cual el SAS sacó numerosos medicamentos de su dispensación en farmacia comunitaria para llevarlos a la farmacia hospitalaria. La sentencia contra la que no cabe recurso, anula la resolución mencionada y, por tanto, obliga al SAS a devolver a las farmacias los medicamentos retirados en 2011.

De este modo, el TS ha retirado que la competencia de ordenación de productos farmacéuticos corresponde solo al Estado, bien al Ministerio de Sanidad o a la Agencia Española de Medicamentos, y que las comunidades autónomas solo pueden ejecutar y, por tanto, no pueden decidir por su cuenta ni limitar o impedir la dispensación de medicamentos.

El presidente de CEOFA, José Luis Marquez ha resaltado la “contundencia de la sentencia cuando señala la falta de competencia del SAS y de la propia Consejería de Salud para legislar en materia de productos farmacéuticos”.  Además, ha indicado que, una vez declarada firme la sentencia, CEOFA estudiará las pérdidas patrimoniales causadas por la resolución del SAS, desde diciembre de 2010 y analizará “las vías que faciliten las reclamaciones económicas y patrimoniales, por lucro cesante, de sus asociados”.

Por otro lado, la patronal andaluza de farmacias considera que “esta doctrina jurisprudencial puede tener importantes consecuencias sobre el futuro de otros temas jurídicos pendientes como, por ejemplo, sobre la legalidad del Decreto 512/2015, de prestación farmacéutica en los centros socio-sanitarios residenciales de Andalucía”.

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