Gestión

El registro horario sólo es obligatorio para las horas extraordinarias, según el Tribunal Supremo

El Alto Tribunal resuelve que no es necesario llevar el control diario de la hora de entrada y salida de todos los trabajadores.

Una sentencia del Tribunal Supremo del pasado 23 de marzo establece que las empresas sólo están obligadas a realizar un registro de las horas extraordinarias de sus trabajadores, tal y como fija el artículo 35.5 del Estatuto de los Trabajadores. Por tanto, no ve necesario registrar diariamente la hora de entrada y salida de todos los empleados, sino únicamente las horas extraordinarias realizadas, notificando al trabajador el resumen mensual.

El Alto Tribunal ha estimado con esta decisión parte del recurso interpuesto por Bankia contra la Sentencia de la Audiencia Nacional de 2015 que imponía un control de la jornada diaria realizada por los empleados.

El Supremo considera que "convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias". Sin embargo, señala que "esa obligación no existe por ahora y los Tribunales no pueden suplir al legislador imponiendo a la empresa el establecimiento de un complicado sistema de control horario, mediante una condena genérica, que obligará, necesariamente, a negociar con los sindicatos el sistema a implantar, por cuanto, no se trata, simplemente, de registrar la entrada y salida, sino el desarrollo de la jornada efectiva de trabajo con las múltiples variantes que supone la existencia de distintas jornadas, el trabajo fuera del centro de trabajo y, en su caso, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, cuando se pacte".

La sentencia supone un alivio para aquellas empresas, como las farmacias, que se habían visto obligadas a realizar un control de las horas de entrada y de salida de todos sus trabajadores, pudiendo ser sancionadas en caso de no llevarlo a cabo.

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Luis
Luis
6 años

No entiendo lo del alivio. Es un papel y el trabajador simplemente tiene que firmar. Así se evitan malentendidos y se tiene un control por ambas partes, sobre todo por parte del trabajador, en un sector en el que si te detienes a preguntar existe un alto índice de "aprovechamiento" del trabajador y de la "camaradería" entre titulares.

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