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Convenio: hay fecha para la respuesta del Supremo al recurso de CCOO

Habrá votación y fallo el 11 de octubre. Después habrá que esperar la notificación a las partes y ver si la Sala acepta los argumentos de CCOO y, en ese caso, resuelve directamente o retrotrae el caso a la Audiencia Nacional para que juzgue si había legitimación para firmar el XXV Convenio.
Imagen de la fachada del Tribunal Supremo.

Fuentes cercanas al proceso de negociación del nuevo Convenio de Farmacia han confirmado a Diariofarma que la respuesta del Tribunal Supremo al recurso presentado por la sección de Sanidad de Comisiones Obreras (CCOO) contra el documento que firmaron UGT, FEFE y Fenofar está más cerca. Desde el máximo tribunal han fijado el próximo 11 de octubre como fecha para la votación y fallo, a lo que habría que sumar un mes o mes y medio más, tiempo que suele transcurrir, de media, hasta que se notifica a la decisión a las partes. Las fuentes citadas opinan que lo lógico sería que haya sentencia "en la primera quincena de noviembre", aunque siendo más prudentes afirman que "lo que se puede decir, con toda seguridad, es que la tendremos antes de final de año".

En cuanto a los argumentos que componen el recurso de CCOO, cabe recordar que el sindicato pedía que el Supremo "declare que concurre incongruencia omisiva en la sentencia de la Sala de los Social de la Audiencia Nacional (que estimó que la mesa de negociación del XXV Convenio, que no se llegó a publicar, estaba legalmente constituida, pero no se pronunció, indican desde CCOO, sobre la legitimación de UGT para negociar en solitario) y, por economía procesal, resuelva él mismo".

Ése sería, en caso de que el Supremo estime que se dio esa incongruencia omisiva, el primer escenario. El segundo consistiría en que el Máximo Tribunal decida devolver el caso a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que tendría que entrar a resolver la cuestión de la legitimación, un aspecto que ya le fue requerido por la Dirección General de Empleo cuando decidió la no publicación del XXV Convenio en el Boletín Oficial del Estado (ver noticia publicada en Diariofarma). En aquel momento, la Sala de lo Social de la AN decidió no pronunciarse para evitar el solapamiento de sentencias, ya que CCOO había presentado ya su recurso de casación ante el Supremo.

La tercera hipótesis pasa porque el Supremo desestime los argumentos de CCOO y niegue la supuesta incongruencia omisiva por parte del juez de la Audiencia. Cabe recordar que. en su sentencia, éste, aunque daba la razón a UGT, FEFE y Fenofar en lo que respecta a la legalidad de la constitución de la mesa, condicionaba la resolución final del conflicto a las acciones que se pudieran llevar a cabo si la parte recurrente consideraba "que UGT no reunía las legitimaciones exigidas legalmente para la negociación de un convenio estatutario sectorial". El juez decía que ésta causa no había sido reclamada, extremo que después negó CCOO en declaraciones a Diariofarma.

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