Profesión

Asefarma analiza la ‘letra pequeña’ de la Ley de Farmacia de Madrid

Adela Bueno, responsable del Departamento Jurídico de Asefarma, ha ofrecido una charla a farmacéuticos para abordar, punto por punto, las novedades de la nueva Ley de Farmacia, que, no obstante, tiene que ser aprobada y publicada aún.
Adela Bueno, responsable del Departamento Jurídico de Asefarma.

Adela Bueno, responsable del Departamento Jurídico de Asefarma, ha impartido una charla dirigida a farmacéuticos para abordar las novedades ya apuntadas, y las que han pasado más desapercibidas, del Proyecto de Ley de Farmacia de Madrid. Mucho se ha hablado ya del mantenimiento del binomio titularidad-propiedad, de la alusión a las nuevas funciones asistenciales que, a la espera de que el texto sea aprobado y publicado, podrán empezar a desempeñar las oficinas de farmacia en colaboración con la Administración, o de la posibilidad de que estos establecimientos publiciten y promocionen sus servicios, incluido aquí el desarrollo de una página web propia. Pero hoy otros detalles de los que no se ha hablado tanto.

Un ejemplo fue el reconocimiento, en el artículo 4, del derecho del paciente a la libre elección de farmacia, "un aspecto importante", señaló Bueno, "ahora que las farmacias van a poder publicitar sus servicios". También se refirió al derecho de las farmacias a recibir recetas debidamente cumplimentadas, un aspecto que habría, hasta ahora, estaba generando algunos problemas a la hora de la dispensación.

Bueno también se detuvo en el artículo 12, que alude directamente a los sistemas personalizados de dosificación (SPD), que se han venido reivindicando por la farmacia como un servicio asistencial a la población. Bueno explicó que, a la espera de aprobación del texto final, "no se podrá hacer SPD con medicamentos de otra farmacia, porque es la única forma de garantizar la correcta trazabilidad". A nivel general, además, tendrán que elaborarse en el establecimiento, "aunque, como ocurre en el caso de la formulación, se podrá contratar con farmacias con instalaciones adecuadas". No obstante, insistió en que habrá que esperar a ver cómo articula todo esto la Administración. 

También se había hablado previamente de la novedad de esta Ley relacionada con la posibilidad de contar con una sección de Dietética y Nutrición (artículo 9), aunque la responsable jurídica de Asefarma puso el énfasis en que tendrá que ofrecer el servicio una persona de la plantilla, ya sea titular o no, con la correspondiente, pero "no que lo haga un tercero". Quedaría terminantemente prohibido, en ese caso, que "lo ofrezca personal de un laboratorio, por ejemplo”. Con respecto al espacio que habrá que disponer para ello, incidió en que habrá que atenerse a la normativa vigente, si la hay, y si no quedará en manos del farmacéutico la decisión sobre si quiere o no disponer de un módulo adicional.

El laboratorio deja de ser obligatorio

En relación con el espacio, se refirió también a la antigua obligación de tener un laboratorio en la farmacia. "Antes se exigía una pila y una toma de agua a todas las farmacias, aunque ahora se permite que esto solo lo tengan que hacer las que vayan a elaborar preparaciones. El resto quedan eximidas de dicha obligación", dijo. Por lo que sí deberán velar las farmacias será por una correcta accesibilidad, eliminando posibles barreras para personas con problemas de movilidad. No obstante, aclaró Bueno, "no se determina un listado con medidas concretas, pero se entiende que los establecimientos tienen que ser accesibles".

Se ha hablado bastante también de los horarios de apertura (artículo 24). Ya se sabe que, si la Ley sale adelante, habrá que cumplir un horario de 40 horas, de lunes a sábado, a partir del cual las farmacias contarán con margen de abrir libremente sus establecimientos cuantas horas deseen, previa comunicación al COF y la Consejería. Lo que matizó Bueno es que la Ley indica que el horario que comuniquen tendrán que mantenerlo hasta el 31 de diciembre del año en curso. Sobre las guardias (artículo 25), recordó que queda anulada la posibilidad de que las pueda cubrir un establecimiento de la misma zona que, por ejemplo, esté abierto las 24 horas.

Otras limitaciones relacionadas con los tiempos de apertura de las farmacias tienen que ver con los cierres por vacaciones (artículo 26), que tienen que comunicarse con un mes de antelación y no pueden superar el periodo de un mes al año, así como los cierres temporales (artículo 27), que pueden ser de dos tipos: voluntarios por causa justificada, que se pueden alargar hasta dos años, previa solicitud a la Consejería, o voluntarios por causa no justificada, que hay que comunicarlos también y no pueden superar los 15 días, ni acumular más de un mes al año. 

Infracciones más detalladas

Por último, cabe destacar, de los temas menos tratados desde la publicación de la Ley, lo relativo a las infracciones (artículo 81). Según Bueno, "hay un mayor desglose. Antes se aludía a tipos más genéricos y ahora vemos cómo están más desarrolladas". Se refiere, por ejemplo, a la inclusión del incumplimiento de horarios, señalización (solo se podrá incluir la cruz, la palabra farmacia y la de las secciones y el nombre y número de colegiado del titular), o la falta de control sobre temperaturas y caducidades cuanto no se ponga en peligro la salud del paciente, que serían consideradas leves.

Entre las graves se incluye la falta de colaboración con inspecciones, el incumplimiento de incompatibilidades profesionales, el desarrollo de funciones por parte de personal ajeno o la violación del deber de confidencialidad; y entre las muy graves el incumplimiento de guardias, la dispensación recetas veterinarias cuando no estén bien cumplimentados o el incumplimiento de medidas cautelares impuestas.

La responsable del Departamento Jurídico de Asefarma dio a entender la necesidad de esta actualización de la normativa vigente, teniendo en cuenta que la antigua Ley de Ordenación data de 1998. Sobre las repercusiones reales que la nueva normativa tendrá para las farmacias, llamó a la prudencia, ya que hay que agotar primero los trámites parlamentarios y ver cómo queda el texto final, que, calculó, entraría en vigor este otoño.

Comentarios

guest
0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments

Noticias relacionadas

Actividades destacadas

Síguenos en