Terapéutica

Sanidad impulsará el precio más bajo al eliminar la ‘repesca’ e introducirá en el SPR algunos conjuntos por ATC4

El Plan de fomento de medicamentos reguladores del mercado incluye la propuesta de un nuevo sistema de precios de referencia y de precios más bajos que buscan generar más competencia.

El Ministerio de Sanidad quiere incrementar la competencia de precios en el mercado de los medicamentos genéricos y biosimilares. Por ello, ha planteado una modificación del artículo 98 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, tal y como se recoge en el documento del Plan de acción para fomentar la utilización de los medicamentos reguladores del mercado en el sistema nacional de salud: medicamentos biosimilares y medicamentos genéricos que Sanidad ha expuesto para aportaciones por parte de los interesados.

Esta acción, que se encuentra definida en la línea de actuación 1, acción 5.2 del Plan es la que más cambios ha experimentado con respecto al documento que aprobó la Comisión Permanente de Farmacia el pasado 11 de abril. Ahora, se ha actualizado por el mismo órgano teniendo en cuenta las observaciones del Comité Asesor para la Prestación Farmacéutica del SNS y el informe de la Comisión Nacional de los Mercados y  de la Competencia (CNMC).

Esta última versión detalla mucho más en qué consiste el nuevo sistema de precios de referencia y precios más bajos que Sanidad y comunidades autónomas prevén poner en marcha a largo plazo (más de un año) ya que es requisito imprescindible la modificación del RDl 1/2015.

Las principales características de este nuevo sistema de precios de los medicamentos sin protección de patente se resumen en dos. Por un lado, se potenciará la competencia en los precios más bajos de los medicamentos, que se solicitan por los laboratorios y se publican los días 5 de cada mes. Sanidad quiere eliminar la repesca que permite a su competencia igualar los precios y diseñará “elementos que fomenten la competitividad”.

Las farmacias estarán obligadas a la sustitución por ese medicamento con el precio más bajo con descuento de cada agrupación homogénea, para lo que “deberá garantizarse el abastecimiento a las oficinas de farmacia”. En este sentido, cabe recordar que la repesca de precios se puso en marcha para eliminar los efectos perniciosos en materia de abastecimiento que se producía cuando un laboratorio sin capacidad de producción bajaba el precio y se quedaba en exclusiva con el mercado para todo un mes. Esa situación, similar a una subasta continua, creó en 2012-2013 importantes problemas en las farmacias que ahora el nuevo plan deberá tener en cuenta para que no se repitan.

Otra novedad en relación con este sistema de precios más bajos es que las reducciones de precios se considerarán descuentos y, de este modo, no afectará a la conformación del precio de referencia del principio activo. De este modo, ambos sistemas operarían de modo más diferenciado que hasta ahora.

Precios de referencia por ATC4

No obstante, el Plan también prevé importantes cambios para el sistema de precios de referencia que podría llegar a ser “de mayor calado”.

La principal novedad sería la utilización del nivel ATC4 para la determinación del precio de referencia en algunos conjuntos seleccionados. Esto significa que el precio se calcularía en función de “dosis equipotentes (DDD), misma forma farmacéutica o agrupación de forma farmacéutica e idéntica vía de administración, previo acuerdo de la Comisión Permanente de Farmacia en aquellas indicaciones que se considere coste-efectivo”. Esto es, los conjunto englobarán, por ejemplo, en vez de todas las simvastatinas a todas las estatinas en un mismo conjunto.

De este modo, el sistema de precios más bajos dejaría de influir en el cálculo de precios de referencia, si bien, los precios de referencia tendrían como elemento de reducción de precio el cálculo teniendo en cuenta moléculas diferentes.

Fijación de precios y precios dinámicos en biosimilares

Otros aspectos relevantes en materia de precios de los genéricos y biosimilares se refiere, por un lado a la “definición de criterios de fijación de precio que determinen un precio menor para el medicamento biosimilar y el medicamento genérico, con respecto al correspondiente original de referencia” y, por otro, al establecimiento de un sistema de precios dinámicos en función del volumen de ventas. Ambas medidas estaban incluidas en el documento original de abril.

En cuanto a la fijación de precios, el documento parece señalar que dejará de realizarse como hasta ahora, en función de un porcentaje sobre el PVL autorizado y pasará a calcularse en función de los “considerando los precios de adquisición”, lo que podría incorporar información de ofertas y descuentos de los originales para establecer el precio del genérico o biosimilar.

En cuanto a los precios dinámicos, consisten en establecer en la resolución de autorización “una revisión automática de precio en función del incremento del volumen de ventas de los medicamentos biosimilares respecto al total (medicamento biológico de referencia y medicamento biosimilar)”. Este registro se llevará a cabo a partir de la información que el laboratorio estará obligado a incluir en Seguimed.

Clawback para las farmacias

Además de los efectos sobre la economía de las farmacias por las bajadas de precio que las medidas que Sanidad quiere impulsar, el Plan de fomento de los medicamentos reguladores del mercado incluye una medida que perjudicará de forma importante a las farmacias: la devolución al SNS de los descuentos.

El sistema, que aún no está desarrollado, consistiría en la devolución al SNS por parte de las farmacias de al menos una parte de los descuentos que la industria realiza a las oficinas de farmacia. Para ello, se modificaría el RDl 1/2015 de forma que se articule "un mecanismo de devolución, favoreciendo una dinámica competitiva, de los descuentos de las oficinas de farmacia al SNS", señala el Plan. 


Acceda al ‘Plan de acción para fomentar la utilización de los medicamentos reguladores del mercado en el sistema nacional de salud: medicamentos biosimilares y medicamentos genéricos’

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