Profesión

Farmacéuticos de Madrid analizan las nuevas condiciones de la prestación ortoprotésica

Se abordó, de forma específica, la solicitud por Endoso, una figura a través de la cual el paciente cede el derecho de cobro de la prestación ortoprotésica al establecimiento sanitario sin tener que adelantar su importe.
Imagen de la jornada del COF de Madrid sobre prestación ortoprotésica.

La Vocalía de Ortopedia del Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF) organizó una jornada para abordar la gestión del material ortoprotésico en la oficina de farmacia, teniendo en cuenta las nuevas condiciones de prestación del catálogo que entró en vigor el pasado 1 de enero.
 
Una de las principales novedades, explican, viene contemplada por la solicitud de Endoso, una figura a través de la cual el paciente cede el derecho de cobro de la prestación ortoprotésica a favor del establecimiento sanitario sin tener que adelantar su importe.

Hasta ahora el número de solicitudes por esta modalidad eran escasas, ya que para su tramitación se necesitaba un informe favorable emitido por un trabajador social perteneciente al Servicio Madrileño de Salud, indican desde el COF. Sin embargo, prosiguen, la nueva resolución de la viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Comunidad de Madrid sobre la tramitación de la prestación ortoprotésica establece que para aquellos productos ortoprotésicos cuyo importe sea superior a 215 euros (IVA incluido) no será necesario dicho informe, por lo que puede incrementarse la demanda de tramitación del Endoso en las farmacias madrileñas.
 
La vocal de Ortopedia del COF, Nieves Mijimolle, considera que el nuevo marco "favorece el acceso a los pacientes a los productos ortoprotésicos, ya que no tienen que adelantar el importe de los productos".
 
También intervinieron en la jornada los jefes de Área y de Servicio del Área de Prestaciones del Servicio Madrileño de Salud, María Josefa Fernández y Juan Ignacio Díaz. Éste último ha señalado que el procedimiento de Endoso tiene una característica especial "determinada", ya que "quien recibe el reintegro de la cantidad reconocida no es el solicitante, sino un tercero, el establecimiento, en virtud de un documento de cesión que se incorpora a la solicitud".
 
Por su parte, Fernández ha definido los distintos pasos a seguir para la obtención de productos ortoprotésicos que estén subvencionados por el catálogo de la Comunidad de Madrid, que incluye prótesis, ortesis, ortoprótesis especiales y sillas de ruedas, que deben ser prescritas por un médico facultativo de atención especializada del Sistema Nacional de Salud. 

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