Política

La CIPM decidirá sobre la exclusión de los medicamentos huérfanos del SPR de forma individualizada

La exclusión del Sistema de Precios de Referencia de medicamentos huérfanos que tengan alternativa terapéutica autorizada será decidido en función de la "evidencia" y de acuerdo con el IPT y podrá suponer una revisión del precio.
Patricia Lacruz, directora general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia.

El Gobierno ha decidido que los medicamentos huérfanos no se integren en el Sistema de Precios de Referencia, como parte del conjunto de incentivos que la administración pone en marcha para incentivar la investigación y comercialización de estos medicamentos indicados en enfermedades raras. No obstante, esta exclusión del SPR no será para todos los medicamentos huérfanos, sino para aquellos que cumplan determinadas “condiciones”.

Así se recoge este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que publica la resolución de 2 de junio de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de marzo de 2020, por el que se establece el régimen económico de los medicamentos huérfanos, al amparo de la previsión del artículo 3.3 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.

Este acuerdo recoge el procedimiento por que permite a los medicamentos huérfanos quedar exentos de su incorporación en el SPR. De este modo, para los medicamentos para los que exista una alternativa terapéutica debe ser acordado en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), y ratificado en la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos (CIPM), “considerándose para ello la evidencia y el conocimiento científico disponible así como el informe de posicionamiento terapéutico si lo hubiere”. Los que no tienen alternativa, en principio, quedarían exonerados directamente.

En cualquier caso, la no inclusión en el SPR no supondrá que el medicamento mantenga su precio. La resolución determina que para esos medicamentos exonerados, se les revisará el precio “si se comprueba que es económicamente viable o si se cumplen cualquiera de las circunstancias recogidas en dicho artículo”.

Cabe recordar que la exoneración de incorporación al SPR, tal y como reconoce la resolución de la directora general de Cartera Común, Patricia Lacruz, busca impedir “como ha ocurrido recientemente, que se genere un problema de suministro en España o bien que los laboratorios titulares de medicamentos huérfanos pierdan el interés de comercializar su medicamento en España”.

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