Política

Sanidad renuncia al blindaje de los IPT en el RD de Financiación y Precio

Sanidad ha hecho público un nuevo borrador del Real Decreto de Financiación y Precio en el que destacan la eliminación del blindaje a los IPT, se modifica la regulación de los precios seleccionados y se establece el mecanismo de compensación por los descuentos del 7,5%.

El Ministerio de Sanidad ha abierto el plazo de audiencia pública del proyecto de Real Decreto de Financiación y Precio de los Medicamentos (acceder al texto), con lo que una vez notificados los agentes del sector se iniciará el periodo de alegaciones al mismo.

Además de cambios en la redacción de algunos artículos, hay modificaciones de relevancia en comparación con el borrador anterior del texto, que publicó en exclusiva Diariofarma. Una de las novedades que incorporaba el borrador del RD era el blindaje que hacía sobre los Informes de Posicionamiento Terapéutico (IPT). Un blindaje que se establecía diciendo que "ninguna otra administración pública podrá elaborar informes de comparación para medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud que contradigan, modifiquen o restrinjan el informe de posicionamiento terapéutico elaborado por la Agencia Española de Medicamentos ". Ese párrafo desaparece del texto, tal y como había aventurado el director de Diariofarma, José María López en un artículo de opinión.

Otra de las modificaciones que se elimina la referencia a que no se podrán financiar medicamentos que "se comercialicen a precios tan elevados que comprometan la viabilidad y sostenibilidad del Sistema". Ese párrafo ha sido cambiado y se establece que no se financiarán medicamentos cuando "su financiación suponga un incremento de coste que no se corresponda con los estudios coste-efectividad elaborados al respecto".

 

Precios seleccionados

Uno de los cambios más relevantes viene a cuento del Sistema de Precios Seleccionados. El nuevo texto modifica por completo los artículos que anteriormente se referían al mismo. Ahora, se eliminan las circunstancias que establecía el borrador para la puesta en marcha del este sistema. Cabe recordar que hacía referencia al riesgo de desabastecimiento; falta de equidad o diferencias en el acceso a los medicamentos objeto de selección en todo o parte del territorio español; inestabilidad de la oferta de medicamentos en un conjunto de referencia o agrupación homogénea; necesidad de homogeneizar la oferta farmacológica a nivel de ATC3; aportación reducida o alarma epidemiológica o riesgo extraordinario para la salud pública.

El nuevo borrador también establece las fechas en las que se revisará el sistema. Su actualización será paralela a la de los precios de referencia, iniciándose el proceso cada mes de abril.

Además, el nuevo texto establece el procedimiento de coordinación entre los agentes del sector para la aplicación de las deducciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto-ley 8/2010, los descuentos del 4%; 7,5% y 15%, cuya articulación anterior fue anualda por el Tribunal Supremo.

Por otro lado, cabe destacar lo que parece la vuelta al escandallo. Si bien en el borrador anterior no aparecía por ningún sitio que los costes de fabricación debían ser comunicados para justificar el precio, en la versión que ahora ve la luz se especifica en el artículo 8, apartado 1.C que la propuesta de precio industrial se justificará "incorporando análisis de costes y beneficios imputados para conformar la propuesta de precio, y, en su caso, propuesta". Ese mismo artículo 8.1 recoge que se tendrá que aportar un "acuerdo sobre condiciones especiales de financiación" cuanto antes se hablaba de "acuerdo para la sostenibilidad". También desaparece la obligatoriedad de informar sobre el precio y condiciones de financiación del medicamento en los Estados miembros de la Unión Europea donde estuviera comercializado. Por el contrario, se añade la necesidad de aportar estudios farmacoeconómicos.

 

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