Política

Prescripción enfermera: una ‘maldición’ de más de una década

Diariofarma analiza el accidentado recorrido legal, y sobre todo político, desde el primer intento de regularizar la prescripción enfermera, incluyendo la iniciativa fracasada del PSOE en la última Comisión de Sanidad.

Hay cosas que suceden sin esperarlas, y otras que, por más que se intentan, nunca terminan de ocurrir. Es lo que ha pasado en España con el reconocimiento de la prescripción enfermera, sobre la que parece existir una maldición desde hace ya más de una década. El último capítulo de este thriller se vivió la semana pasada en la Comisión de Sanidad del Congreso.

A tenor de sus intervenciones, todos los grupos parlamentarios estaban de acuerdo en la necesidad de dar forma legal a esta práctica habitual. Sin embargo, el Partido Popular no quería ni oír hablar de la derogación del Real Decreto 954/2015 e insistió, saliéndose del debate, en la importancia de tomar decisiones coordinadas. Al PSOE le parecía inapropiado hacer referencia exclusivamente a la modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios ('Ley del Medicamento') y llamaba a dejar a los técnicos la decisión sobre las leyes que hayan de modificarse como consecuencia de la transposición de la Directiva 2013/55/UE sobre cualificaciones profesionales. Por su parte, Ciudadanos, Unidos Podemos y ERC no estaban dispuestos a apoyar ninguna propuesta que no hiciera mención a ambas (derogación del RD y modificación de la Ley del Medicamento) y que incluyera la trasposición de la directiva. Al final, la casa se quedó otra vez sin barrer.

En opinión de José Luis Cobos, director general del Instituto Español de Investigación Enfermera, "todos los grupos, en parte, tenían algo razón". Por un lado, recuerda que el plazo para la trasposición de la DE terminaba el pasado 18 de enero de 2016 y, hasta la fecha y bajo el pretexto de un año de Gobierno en funciones, no se sabe cuándo se acometerá. Lo cierto es que en esa DE está la clave, ya que reconoce competencias en diagnóstico y tratamiento dentro de los cuidados enfermeros, que es la llave para que estos profesionales puedan realizar una orden de dispensación (eufemismo comúnmente empleado para no herir sensibilidades). En opinión de Cobos, dicha trasposición "va a exigir la modificación, en primer lugar, de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, para reconocer las nuevas competencias, y, posteriormente, la Ley del Medicamento", como sugería el PSOE.

A la espera de que dar con la fórmula legislativa, para la que, según Cobos, ya se han postulado algunos grupos (Francisco Igea, del Grupo Parlamentario Ciudadanos, avanzó sus intenciones a Diariofarma), los representantes profesionales ya han mostrado su disposición a colaborar desde la Mesa de la Profesión Enfermera para la definición de una línea de trabajo que, tras 11 años de obstáculos, lleve este proceso a buen puerto.

Terminar con la situación de alegalidad

Y es que fue en 2006 cuando se produjo el primer intento de reconocer esta competencia a los enfermeros. Cobos explica que fueron las por entonces consejeras María Jesús Montero y Marina Geli las que abrieron, entre 2003 y 2004 (fecha en la que se inició la elaboración de la nueva Ley del Medicamento), un debate que ni siquiera había sido solicitado oficialmente por los representantes de este colectivo profesional. "No fue una petición nuestra, sino de los servicios regionales, que lo vieron como una oportunidad para mejorar la asistencia, ya que se dieron cuenta de que en aquel momento estábamos en una situación de alegalidad", recuerda.

Sin embargo, el documento final no convenció a la por entonces ministra de Sanidad, Elena Salgado, por lo que la Ley de 2006 estableció finalmente que los únicos que podían prescribir eran los médicos y los odontólogos. La Ley salió adelante con una disposición adicional (la duodécima) que no había sido aprobada en el Parlamento, y que decía lo siguiente: "Para facilitar la labor de los profesionales sanitarios que, de acuerdo con esta Ley, no pueden prescribir medicamentos, en el plazo de un año el Ministerio de Sanidad y Consumo establecerá la relación de medicamentos que puedan ser usados o, en su caso, autorizados para estos profesionales, así como las condiciones específicas en las que los puedan utilizar y los mecanismos de participación con los médicos en programas de seguimiento de determinados tratamientos".

José Luis Cobos, director General del Instituto Español de Investigación Enfermera.
José Luis Cobos, director General del Instituto Español de Investigación Enfermera.

Sobre la base de esa disposición adicional, y con la llegada al Paseo del Prado de Bernat Soria, se iniciaron los trabajos para la elaboración de un Real Decreto que se sometió al Consejo de Estado, el cual negó la posibilidad de desarrollar la Ley del Medicamento y dar cobertura a la prescripción enfermera, ya que se basaba en la disposición adicional que erróneamente fue publicada en la Ley. Como consecuencia, se introdujo además una corrección de errores que dejó la disposición adicional duodécima con la siguiente redacción: "Para facilitar la labor de los profesionales sanitarios que, de acuerdo con esta Ley, no pueden prescribir medicamentos, en el plazo de un año el Ministerio de Sanidad y Consumo revisará la clasificación de los medicamentos de uso humano que han de dispensarse con o sin receta médica".

Tres años después, ya con Trinidad Jiménez como ministra de Sanidad, se aprobaba la Ley 28/2009, de 30 de diciembre, que instaba al Gobierno a "regular la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, por los enfermeros, en el ámbito de los cuidados tanto generales como especializados y fijará, con la participación de las organizaciones colegiales de enfermeros y de médicos, los criterios generales, requisitos específicos y procedimientos para la acreditación de dichos profesionales, con efectos en todo el territorio del Estado, en las actuaciones previstas en el artículo 77.1".

Dicha redacción se consiguió con el consenso entre Consejo General de Enfermería, Consejo de Médicos y grupos parlamentarios, que acordaron, en el caso de los medicamentos sujetos a prescripción, el establecimiento de guías y protocolos consensuados entre médicos y enfermeros. "Asimismo, hubo que prescindir de cualquier alusión al término prescripción, sustituir el término receta por el de orden de dispensación, además de que se exigía una formación complementaria para los profesionales de Enfermería, para obtener una acreditación específica para este ámbito", recuerda Cobos.

Cambio de Gobierno, un nuevo obstáculo

Fue entonces, cuando todo parecía apuntar que los enfermeros quedarían avalados, que un nuevo obstáculo apareció en el camino, y es que los trabajos realizados para la elaboración del RD que iba a desarrollar lo dispuesto por la Ley de 2009 se topó con un resultado adverso para el PSOE en el proceso electoral celebrado el 20 de noviembre de 2011, que terminó con el primer mandato de Mariano Rajoy. "El PP dijo al llegar que ese RD no era suyo, y que querían hacer uno propio", explica Cobos.

De ahí hasta que se aprobó el Real Decreto 954/2015 se sucedieron unas 90 versiones, además de dos procesos de informe público en el que participaron las partes afectadas antes de presentarlo al Consejo de Estado y que éste hiciera sus sugerencias. También se sometió al veredicto del Consejo Interterritorial en Pleno, y a la Comisión de Secretarios y Subsecretarios. Hasta tal punto estaba consensuado que el martes previo a su aprobación por el Consejo de Ministros se aseguró a las partes que se publicaría tal cual. Finalmente, y de forma unilateral, el Ministerio de Sanidad decidió incorporar una modificación esencial en el texto. Para los medicamentos sujetos a prescripción médica se establecía que tenía que haber, previamente a la actuación del enfermero, un diagnóstico, prescripción, selección del protocolo y seguimiento del proceso por parte del médico. Fruto de este cambio, los enfermeros llegaron a calificar de "traición" la maniobra del PP. El resto de grupos parlamentarios, encabezados por PSOE y PNV, ya habían intentado, antes de la pasada semana, dejarlo sin efecto, sin suerte.

Cobos, un tanto desconcertado, pone como ejemplo a ese profesional de Enfermería que va al domicilio del paciente y percibe que le han salido úlceras por la presión sobre la piel. "Si el medicamento está sujeto a prescripción médica tiene que volver al centro de salud, decirle al médico lo que ocurre y enviarle a que vaya a ver él de nuevo al paciente y que establezca el diagnóstico, decida la prescripción y seleccione el protocolo a seguir por parte del enfermero. Después el médico tendrá que hacer el correspondiente seguimiento del proceso. Además de implicar a más profesionales, sin necesidad, supone mayores molestias para el enfermo", explica. Igualmente ocurre con las vacunas, una situación sobre la que ya se ha pronunciado un juez en el País Vasco a través de Auto, advirtiendo a la Administración que no puede dictar instrucciones en contra de lo establecido en el RD 954/2015 que está plenamente en vigor.

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