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Madrid somete a información previa el anteproyecto de Ley de Farmacia

La Comunidad de Madrid ha iniciado la tramitación del anteproyecto de Ley de Farmacia con un periodo de consulta pública para que los interesados realicen sus aportaciones.
El presidente del COF de Madrid, Luis González, con el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Jesús Sánchez Martos.
El presidente del COF de Madrid, Luis González, con el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Jesús Sánchez Martos.

La Comunidad de Madrid ha iniciado la tramitación del anteproyecto de Ley de Farmacia que prevé actualizar una norma que tiene casi 20 años, preservando el carácter sanitario de la oficina de farmacia permitiendo potenciar su carácter asistencial, mejorando la coordinación entre niveles asistenciales al tiempo que regula la asistencia a centros sociosanitarios y establece una nueva planificación para la apertura de oficinas de farmacia.

Así se recoge en la memoria descriptiva del anteproyecto de ley, elaborada por el director general de Inspección y Ordenación, Adolfo Ezquerra, que forma parte de la documentación puesta a disposición de los ciudadanos, así como las organizaciones más representativas, con el objetivo de iniciar un periodo de consulta previa, como paso anterior a la elaboración del anteproyecto, con el objetivo de recabar la opinión de los interesados en los diferentes asuntos que aborde la futura normativa. Los interesados pueden presentar sus aportaciones a lo largo de 15 días desde el pasado 17 de julio, cuando se publicó la memoria en el portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

De este modo, según se recoge en la memoria descriptiva, la Consejería de Sanidad considera necesario abordar esta regulación porque la norma a la que pretende reemplazar data de 1998, previamente a la asunción de competencias sanitarias por parte de la región, así como por el tiempo que ha transcurrido desde entonces, periodo en el que se han producido avances “tanto en el ámbito de la gestión sanitaria con la incorporación de nuevas tecnologías, la mayor complejidad de los tratamientos y las crecientes demandas de salud de la sociedad”. Por ese motivo, con el objetivo de beneficiar al ciudadano y al paciente como auténtico eje del sistema sanitario, se inicia el proceso de desarrollo legislativo.

El texto prevé “preservar” el carácter sanitario de la oficina de farmacia introduciendo modificaciones que “perfeccionarán sus funciones potenciando su carácter asistencial y el papel de sus profesionales como agentes de salud, permitiendo una evolución de estos establecimientos acorde a la sociedad en la que se integra y a la que prestan servicio, proponiéndose entre otras medidas de flexibilidad de horarios de apertura”.

En el ámbito de los farmacéuticos de Atención Primaria y hospitalarios, la nueva ley, pretende “facilitar” el tratamiento integral del paciente, “incluyendo mecanismos de coordinación y seguimiento fármacoterapéutico entre los distintos estamentos sanitarios”. Además, prevé una definición de las funciones y cometidos de estas estructuras “más acorde a la realidad del sistema sanitario”.

Por otro lado, en lo que se refiere a la asistencia farmacéutica en centros sociosanitarios, la norma se adaptará a lo establecido en el Real Decreto-ley 16/2012, creando “un modelo integrador que teniendo en cuenta las especiales necesidades de este colectivo incluya alternativas que mejoren la racionalización del gasto sanitario, sin que esto suponga una merma de la calidad de la atención sino todo lo contrario al incorporar también medidas homogeneizadores de los contenidos de la atención farmacéutica que debe prestarse a los residentes en estos centros, garantizando, como no puede ser de otra manera, el principio de equidad en el acceso a la atención farmacéutica en esta etapa de la vida”, explica la memoria.

En cuanto a la planificación de la prestación farmacéutica, la norma persigue “consolidar” un modelo accesible a la ciudadanía y de alta permeabilidad social, “corrigiendo las distorsiones detectadas en el trascurso del tiempo y garantizando un sistema de acceso a los profesionales interesados en la apertura de una nueva oficina de farmacia regido por los principios de equidad, transparencia y publicidad”. Además, se incorporarán una serie de medidas que tengan en cuenta la singularidad de las oficinas de farmacia de las zonas rurales, “preservando su relevancia como recurso sanitario permitan a los farmacéuticos titulares de las mismas mejorar la sostenibilidad económica de estos establecimientos”.

 

Ley de Salud Pública

Por otro lado, el Gobierno regional también ha iniciado la tramitación de una Ley de Salud Pública dado que no existe en la región. La regulación de estas cuestiones no cuentan con norma específica en materia de salud pública, más allá de los artículos específicos que se contienen en el título sexto de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.

Por ese motivo, tal y como explica el director general de Salud Pública, Juan Martínez, "se hace precisa una norma que dote a nuestra Comunidad del marco jurídico apropiado para incrementar la inversión en la promoción de la salud desde la perspectiva intersectorial, fomentando la implicación de todas las administraciones y la colaboración público-privada en la consecución de objetivos comunes".

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